Colisiones y cobro de daños
Después de un choque, el parte del oficial es la prueba principal de quién tuvo la culpa. Con eso en mano se puede reclamar la reparación del vehículo y los demás daños, sea a la aseguradora o directamente al responsable. Lo que no conviene es firmar un arreglo antes de saber cuánto vale realmente lo que perdió.
Alcance
Qué incluye
- Análisis del parte y determinación de la responsabilidad
- Reclamo ante la aseguradora del responsable
- Cobro directo cuando no hay seguro
- Valoración de los daños del vehículo
- Lucro cesante por el tiempo sin el vehículo
- Proceso ante el Juzgado de Tránsito
- Ejecución de la sentencia para cobrar efectivamente
Paso a paso
Cómo es el trámite
En el sitio
No mueva los vehículos, llame al 911 y espere al oficial. Fotografíe la posición final, los daños y las placas.
Revisamos el parte
El parte define buena parte del caso. Lo analizamos para ver qué tan sólida es la responsabilidad del otro conductor.
Reclamamos
A la aseguradora si la hay, o directamente al responsable si no. Negociamos con base en el valor real de los daños.
Juzgado si hace falta
Si no hay acuerdo razonable, planteamos el proceso y lo llevamos.
Preguntas frecuentes
Dudas sobre colisiones y cobro de daños
La aseguradora me ofrece menos de lo que vale la reparación. ¿Lo tengo que aceptar?
No. Una oferta es eso, una oferta. Si no cubre el daño real, se puede negociar con presupuestos y peritaje, o reclamar la diferencia por la vía judicial. Antes de firmar un finiquito, revise bien: después es muy difícil volver sobre el tema.
El otro conductor no tenía seguro. ¿Pierdo mi dinero?
No necesariamente. Se puede cobrar directamente a la persona responsable, y si no paga voluntariamente, se ejecuta la sentencia sobre sus bienes. Es más lento, pero no es un callejón sin salida.
Me chocaron y me quedé sin carro para trabajar. ¿Eso se cobra?
Sí, se llama lucro cesante y es reclamable cuando se puede documentar. Guarde comprobantes de lo que dejó de ganar o de lo que gastó en transporte alterno: sin esa prueba el rubro no prospera.
Derecho de Tránsito
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