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Fernández FallasAbogados y Notarios

Guarda, crianza y educación

La guarda define con quién viven los hijos y quién decide sobre su día a día. En los tribunales de familia el criterio que manda es el interés superior de la persona menor de edad, no quién tiene la razón en el conflicto de los adultos. Trabajamos los casos con eso en el centro.

Alcance

Qué incluye

  • Solicitud de guarda, crianza y educación
  • Modificación de la guarda ya establecida
  • Casos de guarda compartida
  • Autorizaciones de salida del país de personas menores
  • Depósito judicial de personas menores de edad
  • Ejecución de resoluciones que no se cumplen
  • Representación en audiencias ante el juzgado de familia

Preguntas frecuentes

Dudas sobre guarda, crianza y educación

¿La guarda se le da siempre a la madre?

No. Esa idea es común pero no corresponde a cómo se resuelve hoy. El criterio es el interés superior de la persona menor, y se valora quién ha ejercido el cuidado, la estabilidad que puede ofrecer cada progenitor y el vínculo real. Un padre puede obtener la guarda si demuestra que es lo mejor para el hijo.

Quiero sacar a mi hijo del país y el otro progenitor no autoriza. ¿Qué hago?

La salida del país de una persona menor requiere autorización. Si quien debe darla se niega sin motivo razonable, se puede pedir la autorización judicial. Consúltenos con tiempo: estos trámites no se resuelven la semana antes del viaje.

¿Se puede cambiar una guarda ya fijada?

Sí, cuando cambian las circunstancias que la justificaron. Hay que demostrar ese cambio y que la modificación beneficia a la persona menor. No basta con que el otro progenitor le caiga mal o que usted ahora esté en mejor posición económica.

¿Necesita este trámite?

Escríbanos por WhatsApp con los detalles de su caso. La primera valoración no tiene costo.